Limitaciones a los despidos derivados del incremento de los costes energéticos y la guerra de Ucrania
En el BOE del 30 de marzo se ha publicado el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, de medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. Esta norma, que contempla un extenso paquete de ayudas y medidas que afectan principalmente al sector energético y de suministros. Asimismo, incluye una única medida en el ámbito laboral, sobre la que se realiza una breve regulación, en los siguientes términos:
“En aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el presente real decreto ley, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2022. El incumplimiento de esta obligación comportará el reintegro del ayuda recibida.
Asimismo, las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.”
Esta medida entra en vigor el 31 de marzo de 2022.
Cabe apuntar que, como ya sucedió con la mal llamada prohibición de despedir que regulaba la normativa dictada a raíz de la pandemia del Covid19, la regulación de esta medida no prevé de forma clara cuál sería la calificación de despidos que vulneren esta limitación (improcedencia y nulidad), aparte de la obligación de devolver las ayudas percibidas, por lo que habrá que estar pendientes del criterio que acaben aplicando los Juzgados y Tribunales.
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