La necesidad de un buen compliance laboral
Este año 2023 se ha producido un incremento de las inspecciones de trabajo impulsadas, sobre todo, por el uso de las nuevas tecnologías que permiten los cruces automáticos de datos entre la AEAT, el SEPE, la Seguridad Social e, incluso, la Agencia Española de Protección de Datos. Una de las claves es el uso de las “ciber-inspecciones” mediante algoritmos; con esta herramienta, el Ministerio de Trabajo y Economía Social afirma que llegará a “todo el universo de contratos”, con el foco puesto en los contratos temporales, a tiempo parcial y fijos discontinuos. Entre el resto de objetivos principales de la Inspección destacan, entre otros, los relativos a la discriminación de género, falsos autónomos, control y registro de la jornada de trabajo, cotización, etc. Ante este incremento de la actuación inspectora, desde Vilar Riba recomendamos el estricto cumplimiento de la legislación laboral y reforzar las acciones preventivas de control de los riesgos; por eso son fundamentales los programas de “compliance”, es decir, el conjunto de políticas, protocolos, pautas y normas internas encaminadas a la prevención y gestión de los riesgos derivados del incumplimiento de la normativa laboral en la empresa.
A continuación le destacamos los aspectos en los que este “compliance” debe prestar más atención:
1. Reforma Laboral – Contratación
Marco Normativo
Real decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
Fundamentalmente: artículos 15 y 16 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Claves
- Primacía de la contratación indefinida
- Reformulación de la contratación temporal:
- Supresión del contrato por obra y servicio.
- Nuevo contrato por circunstancias de la producción con sus dos modalidades (ocasionales imprevisibles y previsibles); *individualización de las sanciones y recargo de la cotización para contratos temporales inferiores a 30 días.
- Nuevo contrato por sustitución de la persona trabajadora (antiguo interinidad) → plazo 15 días para solapar.
- Reformulación del Contrato fijo-discontinuo
2. Registro de jornada
Marco Normativo
Artículo 34.9 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Claves
- El registro diario de jornada será obligatorio para todas las empresas y para todas las personas trabajadoras.
- Es independiente del número de empleados y de la modalidad de prestación de servicios (presencial, teletrabajo o híbrido).
- . El sistema del registro debe ser objetivo y fiable.
- Debe conservarse durante 4 años.
- Posibilidad de avisar e incluso amonestar/sancionar a la persona trabajadora que no siga la política de fichaje.
3. Registro retributivo
Marco Normativo
Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y varones. Artículo 28.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Claves
- El empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
- Las personas trabajadoras tienen derecho a acceder a ellas a través de la representación legal de los trabajadores en la empresa.
- Las empresas con Plan de Igualdad deben realizar auditoría retribución.
4. Integraciones de personas trabajadoras con discapacidad
Marco Normativo
Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos.
Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que se regulan las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos.
Claves
- Las empresas de 50 o más trabajadores deben contar, como mínimo, con un 2% de personas con discapacidad. Existen supuestos de exención de esta obligación; se sustituye por el cumplimiento de las medidas alternativas.
- Obligación de comunicar a la autoridad competente la relación de trabajadores con discapacidad en plantilla o, en su caso, que la empresa dispone de resolución administrativa vigente que reconozca la excepcionalidad.
5. Plan de igualdad
Marco Normativo
Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro.
Claves
- Obligatorio para empresas a partir de 50 empleados.
- Las empresas a partir de 50 trabajadores sin Plan de Igualdad se enfrentarán a posibles sanciones económicas con multas de hasta 187.515€ o la pérdida de ayudas, bonificaciones y, en general, de beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo.
6. Protocolo contra el acoso
Marco Normativo
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y varones.
Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad.
Ley 4/2023, de 28 de febrero, por la igualdad real y efectiva de las personas trans y por la garantía de los derechos de las personas LGTBI
Claves
- Todas las empresas, sean del tamaño que sean, tienen la obligación legal de promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual, arbitrando procedimientos específicos para su prevención, así como para dar lugar a las denuncias o reclamaciones.
- Designación de la comisión o persona instructora.
- Desarrollar la normativa interna y medidas preventivas.
- Canal y procedimiento interno de denuncia.
- Comunicar las medidas a todos los trabajadores.
- Las empresas de más de 50 trabajadores tendrán que contar con un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.
7. Igualdad y no discriminación
Marco Normativo
Las empresas de más de 50 trabajadores tendrán que contar con un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.
Claves
- Dos opciones de cumplimiento:
- Elaborar protocolo específico de medidas antidiscriminación, o;
- Revisar el Plan de Igualdad y adaptarlo a la Ley 15/2022.
- Especial mención a la inclusión, como motivo de discriminación, a las personas con “enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos” → posible declaración de nulidad del despido efectuado en una persona en situación de baja por incapacidad temporal.
8. Trabajo a distancia y teletrabajo
Marco Normativo
Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.
Claves
- Obligatoriedad de aplicar esta Ley si la prestación de servicios se desarrolla a distancia con carácter regular (revisar convenio colectivo de aplicación y, en cualquier caso, período de referencia de 3 meses, un mínimo del 30 % de la jornada).
- Voluntariedad del trabajo a distancia y necesidad de firmar el Acuerdo de trabajo a distancia (ATD) con un contenido mínimo.
- Responsabilidad de la empresa: puesta a disposición de los medios necesarios y compensación de los gastos.
- Mismos derechos de la persona trabajadora presencial y teletrabajadora: derechos colectivos, PRL, desconexión digital, etc. Obliga a tener en cuenta a teletrabajadores dentro del plan de igualdad.
9. Plan de prevenciones de riesgos laborales
Marco Normativo
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Claves
- Objetivo promover la seguridad y la salud de los trabajadores:
- Evaluación de los posibles riesgos.
- Planificación de la actividad preventiva.
- Vigilancia de salud de las personas trabajadoras.
- Importancia de la formación e información.
- Entrega de los EPIs.
- Registro y mantenimiento de los equipos de trabajo.
10. Desconexión digital
Marco Normativo
Artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Claves
- Derecho a la desconexión digital a fin de garantizar el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.
- Obligación -para todas las empresas y previa audiencia de la RPT- de implantar un protocolo o política interna de desconexión digital.
- Especial atención al colectivo que trabaje -total o parcialmente- a distancia/teletrabajo.
- Importancia de las disposiciones contenidas en convenios.
11. Nuevo delito laboral
Marco Normativo
Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, de transposición de directivas europeas para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (art. 311.2).
Claves
- Serán castigados con las penas de prisión de 6 meses a 6 años y multa de 6 a 12 meses: […] 2. Los que impongan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa”.